La Pensión de Retiro se otorga a la persona asegurada antes de cumplir la edad de 60 años, siempre y cuando la pensión que se le calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más de 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus personasbeneficiarias.
Esta pensión será pagada por la aseguradora que la persona asegurada elija.
1 REQUISITOS (SOLICITANTE)
Que la persona asegurada:
• Tenga menos de 60 años.
• Que los recursos de la cuenta individual sean suficientes para el retiro (la pensión que se calcule en el Sistema de Rentas Vitalicias sea superior en más de 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus personas beneficiarias).
• Cause baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
• Se encuentre privado(a) de trabajo remunerado.
• Cuente con las semanas de cotización en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, al momento de suscribir su solicitud de pensión, de conformidad con el siguiente cuadro:
2 DOCUMENTOS A PRESENTAR (SOLICITANTE)
De la persona asegurada:
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que
aplique a cada).
• Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la Afore que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la Afore.
• Documento expedido por la institución bancaria (con clave bancaria estandarizada [CLABE] a nombre de la persona titular del derecho).
• Acta de nacimiento (copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
3 DOCUMENTOS DE PERSONAS BENEFICIARIAS (VERIFICAR QUE APLIQUE PARA EL CASO)
Esposa(o):
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
• Acta de nacimiento (copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
• Acta de matrimonio (la fecha de expedición no deberá ser mayor a 90 días naturales).
Concubina(rio):
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
• Acta de nacimiento (copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
• Copia certificada de la resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial que pruebe la relación de concubinato entre la persona beneficiaria y la asegurada; la cual deberá acreditar un periodo mínimo de 5 años de concubinato a la fecha de la solicitud, o acta de nacimiento respecto de los hijos o hijas en común, cuando no hubieran cumplido la temporalidad de 5 años de vida marital, inmediatos anteriores a la solicitud, siempre que hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
Hijo(a) (es requisito no estar inscrito(a) al Régimen Obligatorio del Seguro Social):
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
• Acta de nacimiento (copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
• Estudiante de 16 a 25 años. Constancia de estudios emitida por instituciones del Sistema Educativo Nacional.
• En caso de incapacidad de hijos(as) mayores de 16 años, presentar el Dictamen de Incapacidad ST6.
Ascendiente(s) (de no existir personas beneficiarias de los puntos anteriores):
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
• Acta de nacimiento (copia certificada de impresión del formato único obtenido en línea).
• Constancia expedida por los servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos (acreditar que el registro como persona beneficiaria se encuentra vigente), o
• Acreditar la dependencia económica con copia certificada de la resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial.