¿Tienes 60 años o más, fuiste asegurado y tienes cumplidas al menos 500 o 1,250 semanas de cotización (Ley del Seguro Social 1973 o 1997, respectivamente)? ¿Eres asegurado inscrito antes del 1 de julio de 1997 y tus derechos están vigentes? ¿Eres asegurado con cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997? ¿Te encuentras en baja del Régimen Obligatorio de la Ley? Puedes solicitar pensión de cesantía en edad avanzada a partir de los 60 años cumplidos, si tienes 65 años cumplidos o más podrás solicitar la pensión de vejez.
Los asegurados con cotizaciones anteriores al 1 de julio de 1997, podrán elegir entre los beneficios del esquema de pensiones de la Ley del Seguro Social de 1973 o los de la Ley del Seguro Social de 1997.
Para el detalle de documentos y requisitos es importante consultar la sección de "Más información".
1 DOCUMENTOS A PRESENTAR (SOLICITANTE)
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Documento expedido por la institución bancaria (con clave bancaria estandarizada [CLABE] a nombre de la persona titular del derecho).
• Acta de nacimiento (copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea)
• Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) y el nombre del asegurado.
2 DOCUMENTOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS (VERIFICAR QUE APLICA PARA EL CASO)
Esposa(o):
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
• Acta de nacimiento (copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
• Acta de matrimonio (la fecha de expedición no deberá ser mayor a 90 días naturales).
Concubina(rio):
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
• Acta de nacimiento (copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
• Copia certificada de la resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial que pruebe la relación de concubinato entre la persona beneficiaria y la asegurada; la cual deberá acreditar un periodo mínimo de 5 años de concubinato a la fecha de la solicitud o acta de nacimiento respecto de los hijos o hijas en común, cuando no hubieran cumplido la temporalidad de 5 años de vida marital, inmediatos anteriores a la solicitud, siempre que hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
Hijo(a) (es requisito no estar inscrito(a) al Régimen Obligatorio del Seguro Social):
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
• Acta de nacimiento (copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
• Estudiante de 16 a 25 años. Constancia de estudios emitida por instituciones del Sistema Educativo Nacional.
• En caso de incapacidad de hijos(as) mayores de 16 años, presentar el Dictamen de incapacidad ST6.
Ascendiente(s) (de no existir personas beneficiarias de los puntos anteriores):
• Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una).
• Comprobante de domicilio (no mayor a 90 días).
• Acta de nacimiento (copia certificada de impresión del formato único obtenido en línea).
• Constancia expedida por los servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos (acreditar que el registro como persona beneficiaria se encuentra vigente), o
• Acreditar la dependencia económica con copia certificada de la resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial.